Verifactu 2027: qué tiene que hacer tu empresa antes del 1 de enero

Verifactu se aplaza a 2027: qué cambia, a quién obliga y cómo aprovechar el año extra

El 1 de enero de 2027 las sociedades tienen que emitir sus facturas con un programa que cumpla Verifactu. Los autónomos y profesionales, desde el 1 de julio de 2027.

Quedan cuatro meses para las primeras. Te contamos qué es, a quién afecta y qué mirar, sin tecnicismos.

Qué es Verifactu

Es una norma sobre cómo tienen que funcionar los programas de facturación. Obliga a que cada factura quede registrada de manera que no se pueda borrar ni cambiar sin que quede rastro.

En el día a día cambian tres cosas:

  • Tus facturas llevan un código QR.
  • Tu programa no te deja eliminar una factura sin dejar constancia.
  • Las facturas hechas con una plantilla de Word o de Excel dejan de valer.

La norma es el Real Decreto 1007/2023, que desarrolla la Ley Antifraude.

Las dos fechas

QuiénDesde cuándo
Sociedades1 de enero de 2027
Autónomos y profesionales1 de julio de 2027
Empresas que venden el softwareYa, desde julio de 2025

Las fechas de 2027 las fijó el Real Decreto-ley 15/2025. El calendario se ha movido dos veces desde que se aprobó la norma, y de ahí viene buena parte de la información contradictoria que circula. Estas son las fechas vigentes hoy.

Los fabricantes de programas llevan más de un año obligados, así que en el mercado ya hay soluciones preparadas.

Quién queda fuera

Menos gente de la que se cree:

  • Quien ya está en el SII, el sistema de información inmediata del IVA.
  • País Vasco, con TicketBAI, y Navarra, que tienen su propio sistema.
  • Quien hace las facturas a mano, sin ningún programa.

No hay excepción por facturar poco. Y estar en módulos o en recargo de equivalencia tampoco libra: si emites tickets o facturas con un programa o con un TPV, te afecta.

Hay dos formas de cumplir

Con envío a Hacienda. El programa manda cada factura a la Agencia Tributaria en el momento de emitirla. Tú no tienes que guardar ni firmar nada más. Para la mayoría de pymes es la opción cómoda.

Sin envío. No se manda nada, pero el programa firma y conserva cada registro, y tú los tienes disponibles por si Hacienda los pide.

Conviene elegir una de las dos con criterio, no quedarse con la que venga puesta por defecto.

Cinco preguntas para tu proveedor de software

Esta conversación resuelve casi todo. Mejor por escrito:

  1. ¿Vuestro programa ya cumple la norma? El fabricante lo acredita con un documento llamado declaración responsable.
  2. Si todavía no, ¿en qué fecha lo tendréis?
  3. ¿Con cuál de las dos formas trabaja? ¿Puedo elegir yo?
  4. ¿La adaptación tiene coste o entra en lo que ya pago?
  5. ¿Qué pasa con mi numeración de facturas y con las anteriores?

Si no te dan una fecha concreta, mira alternativas con tiempo. En diciembre, tanto los proveedores como las asesorías vamos con las agendas llenas.

Un plan de cuatro meses

Septiembre. Haz la lista de con qué facturas hoy. Cuenta todo: el TPV de la tienda, el Excel de los alquileres, la plantilla que usa tu comercial.

Octubre. Respuesta del proveedor y decisión, me quedo o cambio.

Noviembre. Instalar, pasar la numeración y enseñar a quien emite las facturas cada día, que casi nunca es quien toma la decisión.

Diciembre. Probar. El sistema se puede usar de forma voluntaria antes de la fecha obligatoria, así llegas a enero sabiendo que funciona con tus facturas reales.

Si además vas a cerrar el ejercicio, te servirá nuestra checklist de cierre contable y fiscal.

Qué pasa si no se cumple

La ley prevé una multa de 50.000 € por año para quien use un programa que no cumpla los requisitos, y de 150.000 € para quien lo fabrica o lo vende. Está en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.

Dicho esto, es un tema que se resuelve con una revisión y, como mucho, con un cambio de programa. Con cuatro meses por delante, da tiempo de sobra.

No es lo mismo que la factura electrónica

Se mezclan a menudo. Verifactu regula cómo guarda tu programa las facturas. La factura electrónica obligatoria entre empresas viene de la Ley Crea y Crece, regula el formato en que se envían y tiene su propio calendario.

Son dos obligaciones distintas. Elegir bien el programa ahora evita tener que cambiarlo dos veces.

Cómo lo hacemos en NpC Asesoría

Miramos con qué facturas hoy, hablamos con tu proveedor, te decimos cuál de las dos formas te encaja mejor y organizamos el cambio si hace falta, con un calendario que no te deje la instalación en Navidad.

Puedes ver todo lo que cubrimos en el área fiscal, y si estás ordenando también los impuestos del año, en planificación fiscal 2026.

Preguntas frecuentes

¿Verifactu se va a volver a aplazar?

No hay ningún aplazamiento nuevo. Las fechas vigentes son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. El calendario se ha movido dos veces, así que no es descartable, pero lo prudente es organizarse con las fechas que hay.

¿Puedo seguir facturando con Excel hasta diciembre?

Legalmente sí, la obligación empieza en enero. En la práctica conviene no apurar: pasar de Excel a un programa implica numeración, formación y pruebas, y eso no se hace en dos semanas.

¿Tengo que rehacer mis facturas antiguas?

No. Las emitidas antes de tu fecha siguen siendo válidas tal como están. La norma se aplica a las que emitas a partir de entonces.

¿Estoy exento si facturo poco?

No. No hay ninguna excepción por volumen. Las únicas son el SII, País Vasco y Navarra, y quien factura sin ningún programa.

¿Puedo empezar ya de forma voluntaria?

Sí, y es lo recomendable. Te permite probar sin presión y llegar a la fecha con el proceso rodado.

¿Lo revisamos?

Cuéntanos con qué facturas hoy y te decimos si tu sistema llega a enero o si conviene cambiarlo, con tiempo para hacerlo bien.

Escríbenos desde la página de contacto, a [email protected] o llámanos al 93 129 19 34.

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Redactado por el equipo de NpC Asesoría.