
Pagar impuestos es obligatorio. Pagar más de la cuenta, no. La diferencia entre una empresa bien planificada y otra que no lo está se mide cada año en miles de euros. Y casi nunca se resuelve en diciembre: se resuelve mucho antes.
En NpC Asesoría llevamos más de 20 años diseñando planes fiscales para pymes y autónomos en Barcelona y Madrid. El año 2026 trae cambios significativos en el Impuesto sobre Sociedades, ajustes en IRPF y un escenario de control fiscal reforzado, especialmente sobre pagos electrónicos. Estas son las 7 palancas que más impacto tienen, y que todo empresario debería revisar con su asesor antes de cerrar el año.
1. Elegir bien la forma jurídica
Autónomo, sociedad limitada o incluso sociedad patrimonial: cada forma tiene su escenario óptimo según los beneficios y el uso que hagas de ellos. La regla general es que a partir de cierto nivel de beneficios (aproximadamente 40.000–60.000 € netos anuales, según circunstancias personales), la sociedad limitada empieza a ser fiscalmente más eficiente que el autónomo.
En 2026 esta decisión cobra más peso por la rebaja progresiva del Impuesto sobre Sociedades para microempresas y pymes (que veremos en el punto siguiente). Si en años anteriores la sociedad ya te compensaba, en 2026 te compensa todavía más. Revisarlo cada dos o tres años suele dar sorpresas en ambas direcciones.
2. Aprovechar los nuevos tipos del Impuesto sobre Sociedades
Esta es la gran novedad del ejercicio 2026. Los tipos reducidos del IS, introducidos por la Ley 7/2024, continúan su descenso gradual previsto:
- Microempresas (cifra de negocios inferior a 1 millón de euros): 19% sobre los primeros 50.000 € de base imponible y 21% sobre el resto (en 2025 era 21% y 22%). El régimen definitivo en 2029 será del 17% / 20%.
- Entidades de reducida dimensión (ERD, facturación entre 1 y 10 millones): tipo del 23% en 2026 (en 2025 era el 24%). El régimen definitivo en 2029 será del 20%.
- Empresas de nueva creación: se mantiene el tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva.
Este ajuste no es solo un titular: cambia el cálculo de los pagos fraccionados (modelo 202) y, en muchos casos, la conveniencia de algunas decisiones de cierre. No aprovecharlas es tirar dinero.
Puedes consultar el detalle de los tipos vigentes en el manual de Sociedades publicado por la AEAT.
3. Retribuir al administrador con cabeza
Una retribución bien planteada combina ahorro en el Impuesto sobre Sociedades, tributación eficiente en IRPF y seguridad jurídica. Mal planteada, en cambio, puede convertirse en una bomba de relojería: Hacienda rechaza la deducibilidad y reclama los últimos cuatro ejercicios más intereses y sanciones.
La clave está en reflejarlo correctamente en los estatutos y documentar bien las funciones. Lo trataremos a fondo en otro artículo del blog en mayo; si eres administrador y aún no has revisado tus estatutos, este es el momento.
4. Planes de pensiones y sistemas de previsión empresarial
Las aportaciones empresariales a planes de empleo siguen siendo una de las palancas fiscales más potentes para 2026. El límite general de reducción en IRPF por aportaciones individuales a planes de pensiones se mantiene en 1.500 € anuales, pero este límite se puede ampliar hasta 10.000 € adicionales cuando existen aportaciones empresariales a planes de empleo.
Para el empresario-administrador que puede configurar aportaciones desde la empresa a su propio plan de empleo, esto representa una de las mayores oportunidades de ahorro fiscal sin salirse ni un milímetro de la ley. Cada euro aportado ahorra IRPF al tipo marginal del beneficiario.
5. Deducciones prorrogadas y nuevas oportunidades en 2026
El Real Decreto-ley 2/2026, publicado en el BOE el 4 de febrero de 2026, ha prorrogado varios incentivos fiscales clave que pueden suponer un ahorro relevante:
- Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en vivienda: prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y por instalación de puntos de recarga: prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026. Especialmente interesante para autónomos que usan el coche como herramienta de trabajo.
- Libertad de amortización para inversiones en energías renovables en el Impuesto sobre Sociedades: prorrogada al ejercicio 2026.
- Deducción por actividades de I+D+i: hasta el 42% de los gastos en investigación y desarrollo. Sigue siendo una de las grandes desconocidas.
- Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad: entre 9.000 y 12.000 € por persona contratada.
Si tu empresa ha desarrollado un producto, un proceso o incluso una mejora significativa en su gestión, o si estás pensando en renovar la flota o instalar paneles solares, conviene analizar el impacto fiscal antes de tomar la decisión, no después.
6. Anticiparse al nuevo control sobre pagos electrónicos
Esta es una de las novedades menos comentadas pero más relevantes de 2026: las entidades financieras (bancos, entidades de pago, dinero electrónico) ahora informan mensualmente a la Agencia Tributaria de los importes cobrados por empresarios y profesionales, eliminando el mínimo anterior de 3.000 € sin informar. Esto facilita el cruce automático de datos con IVA e IRPF.
En la práctica significa que cualquier discrepancia entre lo cobrado por Bizum, transferencia o tarjeta y lo declarado en tus modelos trimestrales saltará automáticamente. Si tu actividad mueve cobros pequeños y diversificados, este es el año de poner orden contable serio. No es un nuevo impuesto, pero sí menos margen para errores u omisiones.
7. Anticipar operaciones
Vender un inmueble, repartir dividendo, ampliar capital o disolver una sociedad no es lo mismo en diciembre que en marzo del año siguiente. La fiscalidad cambia… y mucho. En estas decisiones, el momento pesa tanto como el importe.
Un ejemplo típico: vender un activo con ganancia antes de cerrar el ejercicio obliga a tributar ese año. Si puedes retrasarlo a enero del siguiente ejercicio, ganas todo el año para compensar con otras partidas y, a veces, para aplicar un tipo reducido. En 2026 también hay que tener en cuenta el aplazamiento de Verifactu a 2027: aprovechar este año para migrar el sistema de facturación con calma evita decisiones técnicas tomadas con prisa.
En resumen
La planificación fiscal no es evasión, es anticipación. Es sentarte con tu asesor en noviembre, no en febrero. Es mirar tu empresa con perspectiva, no con urgencia. Y es, sobre todo, tomar decisiones con información, no con miedo a equivocarte.
Complementa este artículo con nuestra checklist para el cierre contable y fiscal, que te ayudará a implementar estas palancas sin olvidar ningún detalle técnico.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es el mejor momento para empezar la planificación fiscal de 2026?
Idealmente, antes de que termine 2025. En diciembre tienes visibilidad sobre el resultado previsto del ejercicio que cierra y aún hay tiempo para tomar decisiones que impacten en la cuota final. Esperar a febrero ya solo permite declarar, no optimizar.
¿Cómo afecta la rebaja del Impuesto sobre Sociedades en 2026 a mi pyme?
Si eres microempresa (menos de 1 millón de facturación), pasas del 21%/22% en 2025 al 19%/21% en 2026. Si eres pyme ERD (entre 1 y 10 millones), pasas del 24% al 23%. La rebaja es real y obliga a recalcular pagos fraccionados, previsión de tesorería y conveniencia de algunas decisiones de cierre.
¿Tengo que preocuparme por los Bizum y pagos por tarjeta de mi negocio en 2026?
Sí, pero no por un nuevo impuesto. Lo que cambia es que las entidades financieras informan mensualmente a Hacienda de los cobros recibidos por empresarios sin el mínimo de 3.000 € que existía antes. Si tu contabilidad ya estaba ordenada, no notarás cambios; si no lo estaba, este es el año de ponerla al día.
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